Nombre del indicador No. Productores apoyados.
Sigla:
Código P2S17MP8
Definiciones y conceptos Pequeño Productor: Para los fines de la Ley 16 de 1990, se entenderá por pequeño productor la persona natural que posea activos totales no superiores a los doscientos ochenta y cuatro (284) SMMLV, en el momento de la respectiva operación de crédito. Deberá demostrarse que estos activos, conjuntamente con los del cónyuge o compañero permanente, no exceden de ese valor, según balance comercial aceptado por el intermediario financiero cuya antigüedad no sea superior a 90 días a la solicitud del crédito. Activos Productivos: Se considera activos productivos del sector agropecuario los bienes y otros recursos necesarios para desarrollar y fomentar la actividad productiva. (ADR, 2016)
Método de medición Se calcula mediante la sumatoria del acceso de los pequeños productores a activos productivos agropecuarios y agroforestales
Unidad de medida Número
Fórmula Sumatoria al acceso de pequeños productores a activos productivos agropecuarios y agroforestales año 1 + …..+ año N.
Variables Acceso de Pequeños productores a activos productivos agropecuarios y agroforestales
Linea Base ND
Fuente de los datos Dirección de Desarrollo Agropecuario y Rural
Desagregación geográfica
Desagregación poblacional
Periodicidad de los datos Anual
Observaciones