Nombre del indicador |
Porcentaje de sesiones del Consejo de Política Social departamental con participación de niños, niñas, adolescentes y jóvenes.
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Sigla: |
N/A |
Código |
E5P12MP03 |
Definiciones y conceptos |
Mide el porcentaje de reuniones ordinarias del Consejo de Política Social Departamental que cuentan con la participación de delegados de niños, niñas, adolescentes y jóvenes El Consejo Departamental de Política Social es la máxima instancia para la planificación, decisión, orientación y evaluación en materia de Políticas Públicas de infancia y en general de las Políticas Públicas Sociales del Departamento. |
Método de medición |
Sesión del Consejo de Política Social que cuente con la participación de los 2 delegados (1 delegado de niños, niñas y adolescentes y 1 delegado de jóvenes) |
Unidad de medida |
Porcentaje %
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Fórmula |
No. de sesiones ordinarias del Consejo de Política Social en las que participan delegados de niños, niñas, adolescentes y jóvenes/Número de sesiones ordinarias del Consejo del Política Social realizad |
Variables |
Número de reuniones del Consejo de Política Social y número de reuniones del Consejo de Política Social en las que participan niños, niñas, adolescentes y jóvenes. |
Linea Base |
100% |
Fuente de los datos |
Secretaría de Inclusión Social Poblacional |
Desagregación geográfica |
Ibagué |
Desagregación poblacional |
Niños,niñas, adolescentes y jóvenes |
Periodicidad de los datos |
Una vez se realiza reunión ordinaria del Consejo de Política Social (Promedio trimestral) |
Observaciones |
La ley 1098 de 2006, establece en el artículo 207 que los Consejos de Política Social deberán sesionar como mínimo cuatro veces al año.
El Decreto 2359 de 2014 por medio del cual se reorganizó el Consejo de Política Social del Tolima, dentro de la conformación establece como uno de los integrantes al Presidente del Consejo Departamental de Juventudes; sin embargo dado que este espacio no existe en la actualidad por razones de Reglamentación de la ley 1622 de 2013 - Estatuto de Ciudadanía Juvenil, quien participa transitorialmente hasta tanto se conforme nuevamente el Consejo de Juventud es el delegado de la Red Departamental de Plataformas Juveniles.
En cuanto a la participación de niños, niñas y adolescentes, el Decreto 2359/2014 estipula la participación de dos representantes, los cuales serán seleccionados de la Mesa de Participación y de la Mesa Étnica, por lo que en la actualidad asiste un delegado de los Programas que implementa el ICBF. |